lunes, 6 de octubre de 2008

DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO

POR: ALFREDO TRESS JIMÉNEZ

El aborto es la interrupción del desarrollo del feto durante el embarazo, antes de que éste haya alcanzado las 20 semanas. Después de este tiempo, la terminación del embarazo antes del parto se llama parto pretérmino. El término "aborto espontáneo" se refiere a los hechos que se presentan de manera natural, o al menos sin que medie voluntad de eliminar al que ha de nacer, por parte de la madre o por parte del médico que atiende el trabajo de parto.

A principios del siglo XX, muchos países empezaron a despenalizar el aborto cuando éste era efectuado para proteger la vida de la madre, y en algunos casos para proteger la salud de la madre. Hacia finales de la década de los años 60´ y durante los años 70´, la mayoría de los países desarrollados despenalizaron el aborto y ampliaron las circunstancias en que éste es permitido. En 1970 el Estado de Nueva York adoptó una ley que exigía dos condiciones para un aborto: que lo realizara un médico y que el embarazo fuera de menos de 4 meses. Poco tiempo después lo hizo Canadá (1969), incluyendo Francia, Nueva Zelanda, Italia y Portugal. En 1973 existían 44 países en que era legal el aborto, de los cuales 19 sólo lo permitían por razones médicas, 6 incluían además razones morales y 19 más incluían otros tipos de razones.

Actualmente, una gran cantidad de países del mundo permiten el aborto libremente o bajo ciertas circunstancias. El tratamiento legislativo que se le ha dado al aborto varía enormemente de un país a otro; El 62% de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, ya sea sin restricciones en cuanto a su causa o por razones socioeconómicas, mientras que el 25% vive en 54 países que lo prohíben completamente o lo permiten sólo para salvar la vida de la mujer. A su vez, otros tantos no lo contemplan como delito o declaran impune bajo ciertas condiciones, ya sea por motivos terapéuticos o quirúrgicos, sentimentales, y hasta por razones socioeconómicas.

Cabe advertir que la no culpabilidad del aborto no significa que necesariamente en estos países el aborto sea más frecuente que en los que sí lo castigan; por el contrario, la legalidad del aborto, acompañado con una educación sexual masiva y un amplio acceso a métodos anticonceptivos, favorece que ocurran pocos abortos. Un ejemplo de esto es Holanda, que es el país con menor frecuencia de abortos del mundo (12,7% de los embarazos).

La norma declarada constitucional y en vigor en el distrito federal desde abril del 2007, despenaliza la interrupción del embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación. En los otros 31 estados del país aún es castigado el aborto y sólo se excluye de penalidad en algunos casos como cuando el embarazo sea resultado de una violación, el feto presente alteraciones congénitas que impliquen daños físicos o mentales, o cuando la madre corra peligro.

La validez de la norma fue avalada por ocho de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en un fallo que abre la posibilidad a que en otros estados se presenten iniciativas de ley similares. La Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), plantearon que la despenalización del aborto era inconstitucional por atentar contra el derecho a la vida --a su juicio garantizado en la carta magna-- y que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal no tenía facultades para legislar al respecto, pero el análisis en la Corte partió de un proyecto postulado por uno de sus ministros, el cual consideró la despenalización como ilegal porque la Constitución protege la vida desde la concepción hasta la muerte. Varios ministros refutaron el proyecto y señalaron que el derecho a la vida no está expresamente garantizado en la carta magna.

Se calcula que entre el 2005 y 2006 se presentaron unos 28,000 legrados en clínicas y hospitales privados en México, contrastante con el supuesto servicio que estos médicos clandestinos ofrecen, están las cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 70 mil mujeres que perecen cada año en todo el mundo a causa de interrupciones del embarazo mal practicadas, lo que representa 191 mujeres muertas por día. 1500 de ellas, ocurren en México anualmente, según organizaciones a favor del aborto. En México los abortos voluntarios oscilan entre 110 mil y dos millones anuales. Es la cuarta causa de mortalidad materna en el país. En Latinoamérica el 73% de las mujeres rurales pobres acuden a personas no capacitadas o se hacen ellas mismas el aborto. El 57% de las mujeres urbanas pobres y un 10% de las mujeres urbanas con recursos económicos hacen lo mismo. Estos elevados porcentajes de mujeres que mueren a causa de abortos clandestinos, transforman al aborto en un grave problema de salud pública, convirtiéndolo en un motivo preocupante y fundamental para demandar su atención en el espacio gubernamental.

No se debe descalificar a priori las consideraciones éticas y religiosas que cada persona o grupo tengan sobre el tema del aborto; sin embargo, se debe respetar la libertad de las personas para decidir sobre su cuerpo. De ahí que sería sana una consulta a las mujeres veracruzanas, para que fueran ellas quienes decidieran si se debe despenalizar o no el aborto en nuestro Estado, además de mesas de trabajo, foros y encuentros estatales, puesto que es una decisión exclusiva de las mujeres.

Sin duda no se debe apoyar el aborto, sino la despenalización de esta práctica, bajo los siguientes criterios: cuando el embarazo resulte de una violación, cuando tenga malformaciones o peligre la vida de la mamá, sólo una mujer puede saber cuándo es el momento de tener más hijos de los que ya tiene, cuál es el momento en el que se afecta su calidad y proyecto de vida, cuáles son las condiciones económicas y de salud que favorezcan el embarazo; es decir; sólo ella tiene derecho a decidir cuándo es el momento para la maternidad. Es un derecho constitucional inalienable y fundamento de la dignidad humana.

Es en ese tenor que las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal al Código Penal, por las cuales deja de ser delito la práctica del aborto de la primera a la décimo segunda semana de gestación, tienen gran trascendencia nacional; al ser una ley de avanzada que servirá como referencia para Veracruz.

Es necesario resaltar que existen muchas y variadas cuestiones a discutir en torno a la despenalización del aborto, no sólo es cuestión de estar a favor o en contra. Es prioritario plantear las condiciones que favorezcan que las mujeres ya no interrumpan sus embarazos; sobre todo cuando la decisión de hacerlo tiene que ver con la libertad de conciencia y mientras no cambien estructuralmente las condiciones de desprotección sexual, de ignorancia y de pobreza en que vive gran parte de la población, no se podrán evitar los abortos.

Estamos convencidos que la disminución de esta práctica en condiciones de riesgo debe ser cuestión de voluntad política. Para lograr tal fin resulta primordial sensibilizar a los distintos sectores de la sociedad con respecto al ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres; es imperioso pasar de la aceptación teórica y discursiva de los derechos reproductivos, al establecimiento de las condiciones que garanticen su cumplimiento, esto supone un rediseño de la vida social que atienda al aborto como un problema de salud pública nacional y, en ese sentido, buscar los consensos para la articulación de alternativas en el marco de la equidad de género y la igualdad social. ¿Usted qué Opina?

alfredotress04@yahoo.com

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